Módulo 2.4. Mejorar los conocimientos sobre los derechos de propiedad intelectual y la producción y reutilización de REA
Aterrizando el concepto
‘Sólo una cosa es imposible para Dios: Encontrarle algún sentido a cualquier ley de derechos de autor del planeta.’
(Mark Twain)
La propiedad intelectual (PI) se refiere en general a las creaciones de la mente humana. Los intereses de los innovadores y creadores están protegidos por la ley, que otorga derechos legales sobre sus creaciones, lo que les permite obtener reconocimiento o beneficio económico de lo que inventan o crean. Como creaciones se entienden las obras literarias, artísticas y científicas; las interpretaciones y ejecuciones artísticas, los fonogramas y las emisiones; las invenciones y los descubrimientos científicos; los diseños industriales, etc.
Los derechos de propiedad intelectual están salvaguardados por el artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y se plasman en las legislaciones y normativas nacionales de cada país, sujetas a más de 25 tratados internacionales sobre propiedad intelectual administrados por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) organismo especializado de las Naciones Unidas.
Es importante saber que una infracción de los derechos de PI es siempre un acto ilegal y, por lo tanto, puede tener consecuencias legales como la responsabilidad y la remuneración. También hay que tener en cuenta que, aunque la Unión Europea intenta normalizar la legislación y la reglamentación relativa a los derechos de propiedad intelectual en todos sus Estados miembros, los derechos de propiedad intelectual y los derechos de autor siguen siendo competencia jurídica nacional y pueden existir algunas diferencias entre los países, por ejemplo, en lo que respecta a la explotación de las obras con derechos de autor. Consulta el sitio web de Communia, especialmente https://copyrightexceptions.eu/, para hacerte una idea de cómo los derechos de autor pueden diferir de un país a otro. (Si deseas adquirir una comprensión fundamental y profunda de los DPI, lee la publicación de la OMPI “Understanding Copyright and Related Rights“, especialmente de la página 7 a la 13).
En la propiedad intelectual o PI distinguimos dos grupos de derechos: el trabajo cubierto por la ley de patentes y el trabajo cubierto por la ley de derechos de autor. La propiedad intelectual en educación superior (y en investigación) se refiere a los resultados y productos como consecuencia del trabajo de investigación y educación realizado por el profesorado, el personal y los estudiantes en el contexto de la institución. En los últimos treinta años, la digitalización, la creación de redes y la globalización han provocado un cambio significativo en la forma de considerar y gestionar la propiedad intelectual: ahora es mucho más fácil crear, adquirir, compartir, reutilizar y modificar las creaciones. Esta evolución nos ha traído servicios y aplicaciones globales y omnipresentes como YouTube, Netflix, Spotify, Instagram, etc., nuevas plataformas para publicar y compartir contenido. Lamentablemente, la percepción y la comprensión de los derechos de propiedad intelectual por parte del público no ha seguido el ritmo de esta evolución, dando lugar a malentendidos y a un uso cada vez más incorrecto de la propiedad intelectual. Esto, a su vez, ha dado lugar a modelos innovadores de formulación y protección de los derechos de propiedad intelectual, como Creative Commons, Open Source y nuevos tipos de licencias. Pocos años después de la difusion de los cursos en línea masivos y abiertos (MOOC), el cambio hacia la educación en línea, acelerado por la pandemia del COVID-19, ha hecho que las instituciones de educación superior se replanteen no sólo los derechos tradicionales sobre los materiales educativos cuya autoría pertenece a su personal académico, sino también los derechos de los estudiantes a acceder a los contenidos. Creative Commons permite al “autor” crear una licencia que permita a los usuarios acceder libremente al material y adaptarlo, sin cargo ni permiso especial, sin eliminar los derechos de autor, pero permitiendo al autor dar automáticamente permiso para diferentes tipos de uso libre del material sin cargas administrativas adicionales.
El contexto cambiante de la PI también ha tenido un impacto en la enseñanza y el aprendizaje en las IES. Por ejemplo, el creciente uso de los Recursos Educativos Abiertos (REA), textos, medios de comunicación y otros activos digitales de libre acceso y con licencia abierta útiles para la enseñanza, el aprendizaje y la evaluación, así como los datos abiertos con fines de investigación. El término REA describe materiales y recursos de acceso público para que cualquier usuario pueda utilizarlos, remezclarlos, mejorarlos y redistribuirlos bajo algunas licencias. Para una comprensión básica de lo que son los REA y lo que significan para la educación superior, mira este vídeo de 7′ de la Universidad de Groningen: https://youtu.be/iRG8CsPAExg.
(Opcional: si deseas obtener una visión más amplia de los REA en la enseñanza superior, accede a este seminario web de Open Forum: https://youtu.be/6JgoUbED4rM (Nota: la grabación tiene una duración de una hora).
Una mala gestión de la PI, de la propiedad del conocimiento y de la difusión puede tener un impacto negativo en los objetivos de la investigación y la educación: los resultados de la investigación pueden no ser compartidos y reutilizados; los proyectos de investigación pueden verse obstaculizados; los artículos pueden llegar solo a un público limitado, la transferencia de nuevos conocimientos puede verse restringida, creando así un círculo vicioso. Por tanto, las IES deben tener en cuenta la PI en todos los niveles y en todas sus actividades, y puede ser necesario impartir formación sobre la PI a nivel ejecutivo; además, la enseñanza de la PI debe integrarse mejor en los planes de estudio de los institutos de enseñanza superior e impartirse desde una perspectiva empresarial (y no puramente jurídica).
Manos a la obra
Encuentra la política de derechos de propiedad intelectual en tu institución de enseñanza superior, asegúrate de tener la versión más actualizada. Puede que tengas que consultar al departamento jurídico o de informática, a la biblioteca o a los servicios de información; si tienes suerte, la encontrarás fácilmente en tu intranet o, mejor aún, en el sitio web público de tu institución. La dificultad en la que incurres para encontrar una política de derechos de propiedad intelectual actualizada en tu institución puede ser un indicador de la importancia y la concienciación sobre esta importante cuestión.
Dirígite a la página web de la OMPI https://www.wipo.int/about-ip/en/universities_research/ip_policies/ y evalúa la política de DPI de tu institución de enseñanza superior con las recomendaciones de la OMPI, compara tu política con la base de datos de la OMPI o de otras instituciones. Ten en cuenta las diferencias que pueden existir entre los distintos sistemas normativos nacionales. En el diseño de una política de DPI deben participar todas las partes interesadas de su institución: los creadores de contenido (como investigadores y educadores, diseñadores de cursos, expertos en medios de comunicación, etc.), los consumidores de contenido (estudiantes, público general, industria, etc.), pero también la dirección y la gestión. Los derechos de propiedad intelectual tienen un importante impacto financiero: considera el coste de adquisición de los contenidos y los derechos sobre los mismos, piensa también en los ingresos (patentes) o en el ahorro (FOSS y REA). Ten en cuenta los aspectos legales: consulta al departamento jurídico de tu institución o busca asesoramiento legal en caso de duda, especialmente si pretendes adoptar la política en tu institución.
Puedes comparar la política que has redactado con la de la OMPI y la Comunidad de IES aquí: https://www3.wipo.int/contact/en/area.jsp?area=universities
Este documento Sample_copyright-policy.pdf de la Universidad de Surrey (Reino Unido) puede inspirarte en tu diseño. (https://www.surrey.ac.uk/sites/default/files/2020-12/copyright-policy.pdf )
Intenta responder a las siguientes preguntas:
¿Tiene tu institución una política de PI? Haz una pequeña encuesta informal entre los estudiantes, los posgraduados y el personal académico y administrativo o técnico de tu institución y averigua qué conocimientos tienen sobre la política de PI de tu institución. Las posibles preguntas pueden ser: ¿a quién pertenecen los derechos de autor de las publicaciones académicas, las tesis, el material didáctico y las evaluaciones? ¿Están los entrevistados familiarizados con las orientaciones sobre derechos de autor para el uso de materiales de terceros con derechos de autor de su institución? ¿Conocen los entrevistados la política de REA (si la hay) de su institución? ¿Existe una política de datos abiertos? ¿Proporciona tu institución apoyo y formación en materia de DPI al personal docente y de apoyo? ¿A los investigadores? ¿A los estudiantes? Consulta https://www.jisc.ac.uk/guides/open-educational-resources o https://opengame-project.eu/results/ para conocer directrices y materiales inspiradoras.
El COVID-19 ha acelerado la transición digital, pero ¿tu política de propiedad intelectual ha seguido esta aceleracion? ¿Se puede saber fácilmente a quién pertenece el contenido de una conferencia grabada? ¿Está claro cuánto tiempo se pueden conservar y ver las grabaciones? ¿Cuáles son los protocolos para cuando el personal docente se marcha en relación con sus conferencias grabadas? ¿Qué pasa con los derechos sobre la propia imagen, especialmente para los estudiantes? ¿Cómo afecta la creciente digitalización de los cursos a los derechos de propiedad intelectual del contenido? Debate con tu departamento audiovisual y de medios de comunicación y con tu departamento jurídico/de PI si la política de PI sigue siendo válida. Lee https://link.springer.com/article/10.1007/s40319-021-01041-1 para obtener una perspectiva amplia sobre las cuestiones que plantea la pandemia del COVID-19.
Escribe y comparte una entrada en el blog con tus observaciones y conclusiones.
Evaluación
Referencias:
- Para una comprensión fundamental de los derechos de propiedad intelectual y su importancia para el desarrollo, la economía, la investigación y la educación, lee: "Understanding Copyright and Related Rights" https://www.wipo.int/edocs/pubdocs/en/wipo_pub_909_2016.pdf
- En esta conferencia grabada, Keith Winstein del MIT explica la importancia de los aspectos legales de la ley de derechos de autor. 6.912 Introduction to Copyright Law. January IAP 2006. Massachusetts Institute of Technology: MIT OpenCourseWare, https://ocw.mit.edu. Licencia: Creative Commons BY-NC-SA. Introduction to copyright law and American law in general, Keith Winstein: https://ocw.mit.edu/courses/electrical-engineering-and-computer-science/6-912-introduction-to-copyright-law-january-iap-2006/video-lectures/lecture-1-introduction/
- La OCDE describe en "Patents and Innovation: Trends and Policy Challenges" la relación entre la protección del trabajo creativo y el crecimiento y el desarrollo: https://www.oecd.org/science/inno/24508541.pdf
- Technopolis advierte de los riesgos de paralizar la innovación debido al desconocimiento de las limitaciones y oportunidades de los DPI: https://www.technopolis-group.com/why-ip-standards-and-regulation-should-matter-more-in-innovation-policy/
- Esta presentación ofrece una visión diferente de los DPI para las IES en tiempos del COVID-19: https://youtu.be/GMERIFHrMk8 Negotiating the Production, Management and Ownership of Knowledge - Dra. Kylie Pappalardo QUT
- En este artículo se examinan las tensiones provocadas por los DPI en tiempos de crisis: las barreras de acceso, las herramientas utilizadas para reducirlas y su eficacia. https://link.springer.com/article/10.1007/s40319-021-01041-1
- La Red de propiedad intelectual en la educación promueve la creatividad, la innovación, el espíritu empresarial y el compromiso digital responsable entre los jóvenes europeos. https://euipo.europa.eu/ohimportal/en/web/observatory/ip-in-education
- Este es un interesante capítulo del libro esencial de Tony Bates sobre Teaching in a Digital Age y ofrece una visión sobre cómo puede cambiar la producción, el uso y la reutilización de los recursos de enseñanza y aprendizaje en el futuro, un futuro que empezó anteayer: https://opentextbc.ca/teachinginadigitalage/part/10-trends-in-open-education/
- COMMUNIA aboga por políticas que amplíen el dominio público y aumenten el acceso y la reutilización de la cultura y el conocimiento. https://www.communia-association.org/c4ed/ Accede también a https://copyrightexceptions.eu/, un esfuerzo colaborativo para mapear los derechos de los usuarios en el marco de los derechos de autor de la Unión Europea.